Qué hace el técnico por tu comunidad
- Visita el edificio y revisa cimentación y estructura, fachadas y medianeras, estanqueidad e instalaciones generales.
- Redacta el informe con las deficiencias encontradas, sus causas y su orden de prioridad, con un presupuesto estimativo de los trabajos.
- Lo firma y lo presenta ante el Ayuntamiento, y responde si llega un requerimiento.
La comunidad no mueve el expediente: lo mueve el técnico.
Cómo va el encargo
- Nos das la dirección o la referencia catastral, el año de construcción y el número de viviendas y locales.
- Comprobamos la fecha límite del expediente en la Oficina Virtual de ITE de la Gerencia y presupuestamos la visita antes de empezar.
- Visita y toma de datos en el edificio, con acceso a cubierta y zonas comunes.
- Informe redactado, firmado y presentado: recibes copia y el resguardo de la presentación.

Qué recibes cuando termina
El informe técnico firmado y presentado, con la calificación del estado del edificio y la lista de deficiencias priorizada: qué hay que arreglar, en qué orden y con qué presupuesto estimativo. Es el documento con el que la comunidad planifica las obras y el que acredita el cumplimiento ante el Ayuntamiento.
Si el informe sale desfavorable
Un resultado desfavorable no es el fin del trámite: es la lista de trabajos que el edificio necesita. Esas obras se abordan como rehabilitación de edificios con su propio proyecto, y un daño concreto —grietas, humedades, desprendimientos— puede requerir antes un peritaje de patologías que determine su causa. El mismo equipo puede encargarse de las dos cosas.

Qué necesitamos para presupuestar tu ITE
- Dirección o referencia catastral del edificio.
- Año de construcción y número de viviendas y locales.
- El informe anterior u otra documentación técnica, si existe.
Con eso el arquitecto sitúa el encargo y cierra precio antes de la visita. Si te piden otros documentos del inmueble, los firma el mismo técnico: certificados e informes técnicos.

Preguntas frecuentes
¿Cuándo le toca la ITE a mi edificio?
La ordenanza municipal, publicada en el BOP n.º 265 el 16 de noviembre de 2011, fija el primer informe dentro del año siguiente a aquel en que el edificio cumple 20 años, y renovaciones cada 10. Si no sabes la fecha exacta, la comprobamos nosotros.
¿Qué pasa si no presentamos la ITE?
La ordenanza la considera infracción y fija cuantías mínimas de 600 €, 3.000 € y 6.000 € según la gravedad, además de condicionar el acceso a las ayudas de rehabilitación. Presentarla a tiempo es siempre lo más barato.
¿Hay que pagar una tasa por presentar el informe?
No: la presentación del informe de ITE ante el Ayuntamiento está exenta de tasa municipal. El único coste son los honorarios del técnico, que te presupuestamos cerrados antes de empezar.
Cuéntanos dirección y año del edificio
Con esos dos datos te decimos cuándo le toca la ITE a tu edificio y qué cuesta el encargo completo. La puesta en contacto es gratuita y sin compromiso.






